De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución Exenta N°144/2020 del Ministerio del Medio Ambiente, se establece lo siguiente “Los generadores serán responsables de disponer sus residuos sólo con destinatarios autorizados y registrados en el marco de la normativa vigente, debiendo para ello reportar su generación en el SINADER y asegurar que el destinado acepte la recepción de sus residuos y cierre el reporte”.
Es importante destacar que la responsabilidad de aprobar o rechazar las declaraciones mensuales no recae en este Ministerio, sino en la empresa seleccionada como destino. Si deseas conocer el motivo del rechazo o la demora en la aprobación de la recepción de tus residuos, te recomendamos ponerte en contacto directamente con dicha empresa.