De acuerdo a la Resolución N°0763 del 11 de julio de 2022, da inicio al proceso de rectificación de información del sistema REP, de acuerdo al artículo segundo transitorio de la ley 20.920.
El proceso de rectificación se habilita para todos aquellos establecimientos que realizaron su declaración en el periodo establecido por el sistema REP y estará disponible hasta el día 29 de julio a las 14:00 hrs.
Podrán realizar ajustes al valor entregado sobre la cantidad comercializada en el país y que hayan verificado una vez enviado el informe haber incurrido en un error en el dato. Los informes en borrador no podrán ser corregidos ni enviados.
Asimismo, los establecimientos que no realizaron su declaración en el periodo establecidos no pueden hacer uso del proceso de rectificación para estar al día.
Se recuerda que el encargado de establecimiento es quien debe realizar la corrección del dato y el envío de la rectificación.
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