El Ministerio del Medio Ambiente informa que el período de declaración 2026 para los productores sujetos a la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), respecto a la cantidad de productos prioritarios introducidos al mercado nacional durante 2025, aún no ha comenzado, sino que se realizará durante el cuarto trimestre de 2026.
Este cambio de fecha responde a un proceso de actualización general de las plataformas informáticas asociadas a la implementación de la Ley REP que actualmente desarrolla el Ministerio. Se espera que las nuevas plataformas faciliten la experiencia usuaria en la implementación REP y el análisis de la información asociada.
Las fechas específicas de inicio y término del proceso de declaración serán establecidas mediante una Resolución Exenta que será publicada oportunamente. Se recomienda a los productores y Sistemas de Gestión mantenerse atentos a los canales oficiales del Ministerio, donde se informarán oportunamente las fechas y demás antecedentes relacionados con este proceso.
Les recordamos que la obligación de declarar aplica a los productores de neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, pilas, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías, diarios, periódicos y revistas, y textiles.
Asimismo, para el caso de los productores que cumplen metas de recolección y valorización a través de un Sistema de Gestión, esta obligación de declarar recae sobre dichos Sistemas, los cuales deben declarar respecto al producto prioritario que administran, considerando todas las categorías y subcategorías que el productor introduce en el mercado nacional (incluso aquellas que no estén sujetas a metas). Por otro lado, en el caso de productores que no están adheridos a un sistema de gestión debido a que sus productos no están sujetos a metas, o bien, aquellos productores cuyos productos no tienen metas actualmente vigentes, esta obligación de declarar recae sobre dichos mismos productores.
